Así son las medidas que afectan a la actividad deportiva en Extremadura

Estas decisiones están en vigor desde las 00:00 de este jueves hasta el 3 de febrero

El avance de la pandemia está complicando la vida de los ciudadanos en el comienzo de este 2021. Si el foco se pone sobre Extremadura, el panorama está aún más difícil si cabe. Es por ello que el ejecutivo regional sigue tomando medidas para frenar el alto índice de contagios.

Dichas medidas especiales y excepcionales de intervención administrativa en relación a la actividad deportiva en Extremadura han entrado en vigor este jueves a las 00:00 y se mantendrán vigentes, en principio hasta el 3 de febrero.

Aunque con el cierre perimetral de todos los municipios extremeños no esté permitido el desplazamiento entre las distintas localidades, sí que se autorizará para los entrenamientos y competiciones de deportistas y técnicos que participan en las ligas federadas a nivel nacional, así como los que estén reconocidos bajo la condición de alto rendimiento.

El horario de libre circulación de personas se contempla una vez más entre las 06:00 y las 22:00 regirá a toda Extremadura. Para otras medidas, hay que distinguir entre las localidades de más de 3000 personas y las de menos de 3000.

Concretamente a Badajoz, y a las que sean de más de 3000 habitantes le afectará en la materia de cierre de centros deportivos y espacios para la realización de actividad física o deportiva en espacios cubiertos; se permite únicamente la práctica de la actividad física de forma individual en instalaciones deportivas al aire libre con aforo del 30%.

Por otro lado, podrán entrenar y competir quienes participen en competiciones oficiales federadas de liga regular y de ámbito nacional, y deportistas, entrenadores y árbitros de alto nivel y alto rendimiento.

Se prohíbe la celebración de eventos y competiciones deportivas, salvo las que sean de carácter oficiales federadas de liga regular y de ámbito nacional, que serán sin público y a puerta cerrada.

Por su parte, en las localidades que sean de menos de 3000 habitantes, se permitirá que los centros deportivos permanezcan abiertos con un aforo del 30% y las que sean al aire libre con un aforo del 40%.

También se prohíben los deportes de equipos o parejas en espacios abiertos al público, salvo las que sean de liga regular, aunque quedan exentas de esta prohibición las competiciones oficiales de liga regular, con sus respectivos entrenamientos y aquellas que se desarrollen en centros y academias.

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