El Gobierno ha decretado el estado de alarma para frenar el contagio del COVID-19. Por tanto, a partir de ahora solo se permitirá salir a la calle, durante los próximos quince días (que podrían prorrogarse por autorización del Congreso de los Diputados) por uno de estos motivos justificados, según ha anunciado el Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez:
- Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
- Retorno al lugar de residencia habitual.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Desplazamiento a entidades financieras y de seguros.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.
- Los desplazamientos se harán en solitario, salvo aquellas personas que no puedan hacerlo por sí solas y que requieran de ayuda.
Quedan prohibidos, por tanto, los movimientos de los ciudadanos por motivos de ocio. Al considerar el ‘running’ y cualquier otro tipo de práctica deportiva como ocio, tocará realizar cualquier práctica deportiva dentro del domicilio particular. ¡Ahora hemos de ser responsables!